Página principal
de la
línea directa

GI Rights Hotline
 

Separaciones
(discharges) y
ausencia sin permiso

Información y normas

Derechos
hostigamiento, discriminación, tratamiento médico, quejas, etc.

Preguntas frecuentes
 
 
 

Agencias y organizaciones
Teléfonos, sitios web y donde hay personal que habla español

Enlaces
otras organizaciones
 
 
 

Acerca de la línea directa
Quienes somos y nuestra historia
 

Quejas: quejas respecto a la Igualdad de Oportunidades

Después de leer esta hoja informativa, por favor llame a la línea directa para hablar de sus opciones con un consejero.

Cada base militar tiene una oficina de Igualdad de Oportunidades (Equal Opportunity o EO) con un asesor que gestiona las quejas respecto a la discriminación o al acoso sexual. Las quejas respecto a la Igualdad de Oportunidades son quejas dirigidas al Inspector General que son evaluadas por un designado oficial u oficina de Igualdad de Oportunidades antes de ser enviadas al Inspector General. Además, cada cuerpo militar tiene una línea directa a través de la cual se pueden presentar quejas del acoso sexual.

Las políticas varían de cuerpo en cuerpo de las fuerzas armadas, así que es importante investigar las normas específicas antes de preparar un caso. En general, la oficina de EO tiene más responsabilidad ante las fuerzas armadas que ante el que presenta una queja y la función principal de dicha oficina no es abogar por las víctimas de la discriminación o el acoso. A los que se ponen en contacto con la oficina de Igualdad de Oportunidades, ésta les sugiere comúnmente que intenten resolver los asuntos informalmente a través de su cadena de mando antes de presentar una queja. No se garantiza la confidencialidad en las investigaciones de EO; en algunos casos, al mando y a la persona específica contra quien se presentó la queja les informará de la queja el personal de EO.

Hasta hace poco, los militares comúnmente tenían que presentar una queja bajo el Artículo 138 por casos de la discriminación o el acoso. Aunque recientemente se modificaron los procedimientos de gestionar las quejas respecto a la Igualdad de Oportunidades, la "opinión general" entre los participantes de las sesiones de la NAACP de 1992 fue que "los comandantes locales controlan al personal [de EO] por escribir o influir en las evaluaciones de su desempeño". A pesar de ello, dichas quejas pueden ser útiles y las quejas bien preparadas o las que gestiona un miembro comprometido del personal de EO pueden tener un fuerte impacto.

Las quejas pueden ser presentadas por la discriminación o el acoso sexual. El Departamento de Defensa (DoD) considera que la discriminación ilegal a las personas o los grupos por la raza, el color de su piel, la religión, el sexo o el origen nacional es en contra del buen orden y la disciplina. La discriminación ilegal es la que no es autorizada por la ley o las normas.

El acoso sexual es considerado como una clase de la discriminación sexual y es definido como la conducta de una naturaleza sexual que implica una amenaza o una promesa de las consecuencias profesionales o que crea un ambiente de trabajo intimidatorio, hostil u ofensivo. Dicha definición se puede aplicar a la conducta de uno mientras está de guardia o no, a cualquier hora del día.

Esta hoja informativa está basada en información de www.girights.org, el sitio web de CCCO, 405 14th Street, Suite #205, Oakland, CA 94612

¿Problemas con este sitio web?
administradora@girightshotline.org

Última actualización
16 may 2008