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Objeción de conciencia (Conscientious Objection) |
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Después de leer esta hoja informativa, por favor llame a la línea directa para hablar de sus opciones con un consejero.
Documentación Todos los militares participan en los objetivos principales de las fuerzas armadas: prepararse para las guerras y hacerlas. Algunos militares desarrollan objeciones profundas a participar en la guerra y solicitan una separación (discharge) como objetor de conciencia. El proceso de solicitar el estatus de objetor de conciencia es intimidatorio y lo hacen aun más difícil los trámites largos y complicados diseñados por las fuerzas armadas. Si decides solicitar una separación como objetor de conciencia, es inapreciable obtener la ayuda de un consejero entendido. Piensa en solicitar una separación como objetor de conciencia si te aflige manejar armas, tienes dudas con respecto a los objetivos que tienes que apoyar o crees que no quieres participar en la guerra. Los militares que desarrollen una objeción firme, fija y sincera a participar de cualquier manera en la guerra o portar armas basada en creencias morales, éticas o religiosas, tienen derecho a una separación de las fuerzas armadas o un cambio de estatus al de no combatiente. Un objetor de conciencia tiene que satisfacer los tres criterios siguientes:
· tienes que oponerte a participar de cualquier manera en la guerra; Un solicitante para el estatus de objetor de conciencia (CO, por sus siglas en inglés) tiene que entregar una solicitud escrita y ser entrevistado por un capellán, un psiquiatra militar y un oficial investigador. La solicitud escrita tiene que describir:
· La naturaleza de sus creencias con respecto a la participación en la guerra; Aunque el concepto de oponerse a la guerra es bastante sencillo, son más complicados los criterios legales que un objetor de conciencia militar tiene que cumplir. Para ser objetor de conciencia, tienes que oponerte, de una manera firme, fija y sincera, a participar en la guerra, no solo a la idea de la guerra. Y tienes que oponerte a la guerra, no solo sentir disgusto o tristeza al respecto. El principal asunto moral que tienes que considerar es si te opones a participar, de cualquier manera, en la guerra. Es probable que antes, nunca hayas pensado en el concepto de la oposición a la guerra; la mayoría de los militares ni siquiera saben que haya una separación como objetor de conciencia. Al reconsiderar sus creencias sobre la guerra, se encuentra uno con muchas preguntas. Dos preguntas que hacen tanto los solicitantes como los oficiales de investigación son: ¿Pelearía si el país fuera atacado? y ¿Habría peleado contra Hitler? Temas como estos son tratados por la publicación Advice for Conscientious Objectors in the Armed Forces (Consejos para los objetores de conciencia que son militares) del Comité Central para los Objetores de Conciencia. En cuanto a estas preguntas, lo importante es recordar que, aunque sean interesantes, de verdad no tienen respuestas. Por ejemplo, en realidad no es posible saber lo que habría hecho una persona si hubiera nacido en otra época. En vez de hacer conjeturas, puedes explorar lo que tus creencias te obligarían bajo algunas situaciones hipotéticas. Al responder a preguntas así, un solicitante tiene que reafirmar lo que no haría: no participaría de ninguna manera en la guerra. Además de decidir si tienes derecho al estatus de CO, tienes que decidir si quieres solicitarlo. Para ayudarte a llegar a una decisión:
· Considera los otros tipos de separación posibles a través de los cuales puedas obtener una separación más rápida o más deseable de alguna manera. Hay varios estereotipos de objetores de conciencia. En general, los militares suponen que los CO son blancos y de la clase media, con un nivel de educación más alto que el promedio, inclinaciones intelectuales y la facilidad de palabra. Imaginan que los objetores de conciencia son un poco ingenuos y poco prácticos, pacifistas mansos que nunca contestarían a un oficial ni se defenderían contra un matón. Suponen que los solicitantes de CO religiosos asisten a la iglesia diariamente y pasan el tiempo libre leyendo textos religiosos. Te puedes preocupar por no parecerte a ninguno de estos estereotipos, pero no te dejes detener por eso. Si te opones a participar en la guerra, debes pensar en solicitar una separación como CO. Documentación Regresar a la parte superior El proceso de solicitar lo hacen largo y difícil a propósito. La solicitud tiene que documentar puntos de vista y acciones tan fuertes que puedan demostrar que la solicitud no se base ni en la conveniencia ni en la evasión del servicio militar". La evidencia de la sinceridad de tu creencia se documenta a través de lo siguiente: respuestas escritas a seis preguntas obligadas sobre tu entrenamiento y creencia; cartas de apoyo, adjuntas a la solicitud, de amigos, compañeros de trabajo y consejeros religiosos; y al menos dos de las tres entrevistas obligadas. Tienes el peso de establecer el derecho al estatus de objetor de conciencia... a través de evidencia clara y convincente.... Por lo tanto, tienes que establecer que tu solicitud satisface los criterios de objeción de conciencia y que tus creencias son honestas, sinceras y sostenidas profundamente. La directiva 1300.6 del DoD contiene 25 preguntas a las que los solicitantes de CO tienen que responder. La mayoría son fáciles: nombre y apellido, número de seguro social, etc. Hay seis preguntas sobre el entrenamiento y creencia que requieren respuestas exhaustivas. Al recibir la solicitud, los militares empiezan un proceso complejo para evaluarla. Después de entrevistas con un capellán, un psiquiatra militar u oficial médico y una audiencia con un oficial investigador, éste último hará una recomendación a tu superior, quien entonces hará recomendaciones para aprobar o denegar la solicitud. Esta parte del proceso puede tomar algunos meses después de entregada la solicitud. La aprobación o denegación final la hace el cuartel general de tu servicio, generalmente a través de una junta revisora de CO. La decisión del cuartel general del servicio (y la junta revisora de CO) puede tomar de uno a seis meses adicionales. La preparación de una solicitud Regresar a la parte superior
· Solicitar el estatus de objetor de conciencia toma mucho trabajo y tiempo Consejos para los CO que son militares
· El documento
Advice for Conscientious Objectors in the Armed Forces (Consejos para los objetores de conciencia que son militares) (PDF) del Comité Central de los Objetores de Conciencia te puede ayudar a decidir si quieres solicitar el estatus de CO. Ese libro también describe los detalles del proceso. Funciones durante el procesamiento Regresar a la parte superior Esperar mientras procesan tu solicitud de CO puede ser la parte más difícil del procedimiento. Al solicitante de CO se le deben dar funciones que estén en el mínimo conflicto posible con sus creencias afirmadas. En teoría, estas funciones son las del no combatiente, pero es posible que no puedas aceptar lo que las fuerzas armadas consideran no combatiente. Puedes intentar negociar con tus superiores para llegar a un acuerdo al respecto pero no siempre es posible. Entregar una solicitud no prevendrá un despliegue o una redesignación. Clase de separación Regresar a la parte superior Es completamente tuya la decisión de pedir una separación (1-O) o una reasignación al estatus de no combatiente (1-A-O). Se les prohíbe a las fuerzas armadas ofrecer 1-A-O como arreglo. Una separación de CO se califica de honrosa a menos que, bajo los criterios reglamentarios estándares de separación, se deba ser una separación general (bajo circunstancias honrosas). Los CO tienen derecho a todos los beneficios de los miembros del servicio militar dados de baja que correspondan con la calificación de separación y la antigüedad en el servicio. Mientras procesan la solicitud de CO, se pide al solicitante firmar un formulario que dice que puede perder los beneficios por ser un objetor de conciencia que se niega a cumplir funciones militares (o se niega a llevar el uniforme) o cumplir de cualquier manera las ordenes legales de una autoridad competente. Es decir, los solicitantes que desobedezcan las leyes militares y se enfrenten con acción disciplinaria pueden perder los beneficios. Firmar dicha afirmación no afecta al derecho a los beneficios. Esta hoja informativa está basada en información de www.girights.org, el sitio web de CCCO, 405 14th Street, Suite #205, Oakland, CA 94612 |